Justicia

Bonadio procesó y embargó a Cristina Kirchner y Oscar Parrilli

La ex presidente Cristina Kirchner y el secretario privado de la Presidencia durante su gestión Oscar Parrilli quedaron hoy procesados por peculado a raíz de los viajes oficiales que llevaban diarios a Santa Cruz.

El procesamiento fue firmado hoy por el juez Claudio Bonadio que además dispuso un embargo de 500 mil pesos a cada uno. En este caso, Parrilli fue considerado autor del delito y la ex presidente, partícipe necesaria. El artículo 261 del Código Penal impone una pena de dos a diez años de prisión al funcionario público que sustrajere caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada por razón de su cargo.

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Los hechos investigados fueron producto del antojo de un funcionario y la condescendencia de otro, y comenzaron a gestarse a partir de la tardanza de un vuelo comercial en el cual se enviaban hasta entonces, lo que perduró con regularidad nada menos que por un período de 12 años. No cabe duda de que, cuanto menos en el caso del traslado de los diarios, Parrilli no solo estaba al tanto de los envíos sino que era quien los ordenaba“, dijo el juez Bonadio.

“Basta para confirmarlo, con repasar las declaraciones de los testigos que dan cuenta de las jerarquías y los modos en el que se tomaban e instruían las órdenes desde la Secretaría General de la Presidencia, lo cual, por otra parte, va en consonancia con las funciones que el imputado tenía asignadas de acuerdo al Decreto 684/04. Siendo así, resulta evidente que el empleo de un servicio costeado por la Administración Pública para un uso distinto del previsto, constituye la violación a los deberes que describe el art. 261 del Código Penal, por cuanto poco importa el rango que en el Estado detentaba el tercero beneficiado –alguno de los ex presidentes -, cobrando especial trascendencia el hecho de que el destino de los fondos públicos dirigidos al buen desempeño de la función, no pueden ser desviados para el cumplimiento de los caprichos de ningún funcionario”, afirmò el juez en su resolución.

La causa se inició a raíz un desprendimiento de el caso de los Cuadernos de las coimas cuando declararon pilotos de los aviones oficiales contando cómo eran esos traslados llevando especialmente diarios desde Buenos Aires hacia Santa Cruz.

Uno de los pilotos, Luis Bustos, relató: “Teníamos un vuelo que le decíamos ‘el diariero’ porque volábamos los fines de semana –sábado, domingos y feriados– y en general sólo trasladábamos los diarios despegando generalmente a las 6 de la mañana desde Aeroparque“.

Según precisó, “los vuelos se realizaban solo cuando la familia presidencial se encontraba en el sur y podían ser a El Calafate o Río Gallegos. Las personas que viajaban en el avión a El Calafate o Río Gallegos iban con sus valijas o bolsos con ellos, no las despachaban“.

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En su indagatoria, la ex presidente descalificó las acusaciones. “Esta versión no es novedosa, ya que desde hace años, siempre los mismos denunciantes y siempre los mismos medios de comunicación, vienen repitiendo la misma versión que, incluso para algunos, adquirió el carácter de leyenda. Al igual que el caso anterior, Bonadío interviene ilegítimamente en esta investigación, iniciada en base a supuestas pruebas recabadas en la ‘causa de las fotocopias’”.

“Con relación a esta acusación debo enfatizar que jamás, ni Néstor Kirchner ni la suscripta, utilizamos los bienes del Estado en nuestro propio provecho o fuera de lo que importaba el cumplimiento de funciones oficiales. Quien afirme lo contrario indudablemente miente, y cuando las actuaciones lleguen a una instancia oral y pública, espero que ante Tribunales imparciales, ello quedará debidamente desvirtuado”, afirmó.

La resolución de Bonadio:

Fuente: Infobae

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