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CONCURSOS PARA CUBRIR VACANTES EN EL HCD DE CONCEPCIÓN

Los ediles Juan José Vargas y Gabriel Jiménez (PJS – Recuperemos Tucumán) presentaron un proyecto de decreto que establece una autolimitación a la facultad discrecional que tiene el cuerpo para designar a quienes ocuparan los cargos de secretario y prosecretario. La iniciativa será tratada este jueves.
Hoy se llevará a cabo la primera sesión ordinaria con la nueva composición del Concejo Deliberante de la «Perla del Sur», oportunidad en la que serán varios los temas a tratar. Entre ellos se destaca el proyecto impulsado por Vargas y Jiménez mediante el cual promueven concursos para cubrir los cargos de Secretario y Prosecretario del HCD. Se trataría de un proceso de selección similar al ya utilizado en el periodo 2003 – 2007, posteriormente derogado.
Los ediles, alineados al espacio encabezado por el legislador Raúl Albarracín, plantean que se abra el juego a la sociedad, en particular a todos los interesados en acceder a estos importantes cargos públicos. En ese sentido, impulsan la sustanciación de un proceso de selección previo que será tramitado por una comisión ad hoc, la cual estará integrada por 5 miembros: un representante de la cátedra de Derecho Administrativo de la UNSTA, un representante del Colegio de Abogados del Sur y 3 ex concejales. El procedimiento en cuestión constaría de tres etapas: evaluación de antecedentes, entrevistas personales  y elaboración de una terna de 3 postulantes a partir de la cual el cuerpo elegirá finalmente a quienes ocuparán los mencionados cargos.
«Consideramos que de esta manera se aseguran las condiciones de idoneidad y aptitud funcional, las únicas requeridas para cubrir estos lugares en la planta a los que hace referencia el art. 18 del reglamento interno, de conformidad con lo establecido por nuestra Constitución Nacional. Es necesario que, desde la función pública, se diseñen e implementen políticas que pongan en marcha los instrumentos y mecanismos adecuados para incrementar los niveles de trasparencia y eficiencia en los actos de gobierno», puntualizaron los ediles.
La iniciativa prevé que podrán participar del concurso todas aquellas personas que reúnan las condiciones requeridas por el art 7 del Régimen Orgánico de Municipalidades ( Ley 5529 ) para ser miembro del Honorable Concejo Deliberante, es decir: tener veintidós años; ser argentino nativo, naturalizado con una antigüedad de cinco años de obtenida la nacionalidad argentina o extranjero, que deberá ser propietario en el municipio y tener en el mismo cinco años de residencia inmediata a su designación y estar inscripto en los padrones electorales nacionales correspondientes al respectivo municipio.
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