Confirman condena de prisión a Guillermo Moreno por Papel Prensa
El máximo tribunal penal federal del país rechazó un planteo de nulidad de la defensa de Moreno contra el veredicto emitido el 5 de julio de 2022 por el Tribunal Oral Federal 8 de la ciudad de Buenos Aires.
La decisión fue de los camaristas Daniel Petrone y Diego Barroetaveña, con disidencia de la jueza Ana María Figueroa, quien se pronunció por absolver a Moreno. Figueroa es la misma jueza a la que el kirchnerismo busca entregarle una prórroga a través del Congreso para que continúe en funciones pese a haber cumplido con la edad tope para jubilarse. Tiene a cargo decisiones clave en causas que involucran a la vicepresidenta. Moreno fue condenado a dos años de prisión condicional e inhabilitación para ejercer cargos públicos por seis meses a raíz de lo ocurrido el 12 de agosto de 2010 en una asamblea de accionistas de Papel Prensa.
«No se verifica una violación al principio de congruencia y al derecho de defensa en juicio», concluyó el juez Petrone en el voto al que adhirió Barroetaveña. «En concreto, la responsabilidad del condenado fue fundada en diversos elementos probatorios, cuya valoración se vio reflejada en la sentencia», agregó el tribunal ante la querella que llevó adelante el abogado Hugo Wortman Jofré.
En base a la filmación de la Asamblea, «se pudo realizar una minuciosa reconstrucción de todo lo acontecido durante el desarrollo de la misma y, en particular, de la conducta desplegada por el imputado». Ante ello, el análisis de las pruebas «ha permitido tener por acreditado al tribunal, sin hesitación alguna, el accionar ilícito desplegado por Moreno en la asamblea de Papel Prensa S.A».
«Tal amedrentamiento generado por el imputado se materializó no sólo de forma verbal sino que esas palabras estuvieron acompañadas por distintos gestos y comportamientos, tanto de él como de los colaboradores que lo acompañaban, generando de este modo una atmósfera de agresión hacia los damnificados», agregó Casación al resumir lo resuelto por el Tribunal Oral. En el juicio se llegó a esa conclusión «efectuando una razonable y razonada valoración del plexo probatorio, legítimamente incorporado por la acusación al debate, el que pudo ser oído y controvertido por la defensa de Moreno».
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