Justicia

El encubrimiento era imposible “sin aval de las esferas superiores del poder político”

Caso Lebbos

Un juez sostiene “en grado de probabilidad cierta la participación del entonces gobernador de la provincia, José Jorge Alperovich”.

Las condenas a la ex cúpula de la Policía y al ex secretario de Seguridad reforzaron la presunción de que el encubrimiento real del homicidio de Paulina Lebbos no se llevó adelante para proteger a Roberto Gómez. Al menos, no de manera exclusiva. según los fundamentos del fallo de la Sala III que se conocieron el miércoles pasado, las maniobras de entorpecimiento han sido orientadas para resguardar a “personas con poder político o de otra índole”.

El Tribunal, inclusive, planteó: “los hechos difícilmente se pudieron haber realizado sin algún tipo de conocimiento o aval de las esferas superiores del poder político”. La ilegítima reincorporación e igual ascenso del ex comisario de Raco Enrique García -fue condenado en una causa vinculada con el crimen de Lebbos años después-, y la irregular contratación de los comisarios retirados Marcial Escobar, Alfredo Jiménez y Luis Santana, materializaron las maniobras de encubrimiento, entre otras situaciones.

Los vocales Carlos Caramuti, Dante Ibáñez y Rafael Macoritto consideraron que la incorporación de los pesquisas se había efectuado para “entorpecer y obstaculizar aún más la investigación, además de incurrir en hechos ilícitos independientes, y no para colaborar con el esclarecimiento del crimen de Paulina”.

“Se puede deducir, y oportunamente se deberá investigar y probar (en la instrucción), que la participación de los altos jefes policiales y políticos señalados, y la posibilidad real y cierta de la participación de miembros del Ministerio Público Fiscal (MPF), que se debatirá próximamente (me refiero al ex fiscal Carlos Albaca), me lleva a poder sostener en grado de probabilidad cierta la participación del entonces gobernador de la provincia, José Jorge Alperovich. Sin su conocimiento y consentimiento, en principio, nada de esto podría haberse llevado a cabo”, amplió Ibáñez en su voto.

“Inconsistencia”

Escobar, Jiménez y Santana se concentraron en una sola pista, “a pesar de que era inconsistente”. La intención fue distraer la atención de la investigación judicial, sabiendo que no estaba relacionada con la desaparición de Paulina. Esta hipótesis fue la del remiserio Juan Pedro Cruzado, que será investigado por probable encubrimiento o falso testimonio durante una de las audiencias.

Cinco días antes del hallazgo del cuerpo a la vera de la ruta 341, en Tapia, Cruzado se había presentado “espontáneamente” en la oficina del “D2” -entonces Departamento de Informaciones Criminales de la Policía- diciendo que se desempeñaba como remisero y que creía haber llevado en su remis a Virginia Mercado y a la víctima durante la madrugada del domingo 26 de febrero de 2006. Esto fue después de que las chicas salieron de un boliche de El Abasto. Aunque esa pista cayó días después.

Cruzado había llegado por recomendación de un empleado policial al lugar, donde también estaba el entonces jefe de Policía, Hugo Sánchez (condenado a seis años de prisión por encubrimiento). El remisero, ya en el juicio oral, quiso dar explicaciones sobre la persona que le había aconsejado que se presentara, aunque incurrió en muchas contradicciones e inconsistencias que conllevaron “inexorablemente” a pensar que faltaba a la verdad. También se distanció de las declaraciones de Mercado, amiga de Paulina.

El decreto

Los tres especialistas en investigaciones (Escobar, Jiménez y Santana) descartaron todos los otros móviles. Evitaron, sin mucha justificación, cualquier análisis de las actuaciones en el lugar del hallazgo. Justamente, por este hecho resultó condenado el comisario García en el juicio de diciembre de 2013, y fue al banquillo la cúpula policial.

El ascenso del ex comisario de Raco y las contrataciones de los pesquisas fueron dispuestos por decreto del Poder Ejecutivo (PE), firmados por la más alta autoridad política y de Seguridad por esos años.

“También resultó sugestivo el modo en que los acusados fueron mantenidos en sus funciones durante bastante tiempo. Incluso, fueron contratados también por decreto del PE, con posterioridad a su retiro, pese a los serios cuestionamientos”, fundamentó el Tribunal. Ello llevó a pensar a los jueces que “el destinatario de esta actividad ilícita e irregular no podía ser el imputado Gómez, sino otras personas distintas que habrían cometido el grave delito, aún hoy impune, con o sin intervención del acusado”.

La Sala III ordenó en la sentencia investigar por el homicidio de la joven a cuatro personas. Entre ellas, Sergio Kaleñuk, hijo de Alberto Kaleñuk, ex secretario de Alperovich.

FUENTE DIARIO LA GACETA

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