El juicio por abuso sexual y violación contra José Alperovich
Comenzará el 5 de febrero de 2024.
El exgobernador de Tucumán se sentará en el banquillo de los acusados tras ser denunciado por su exsecretaria personal en 2019. Más de 80 testigos declararán en la causa que buscará determinar si es culpable del delito de violencia sexual agravada.
La Justicia ha fijado finalmente la fecha para el inicio del juicio oral contra el exgobernador de Tucumán, José Alperovich, acusado de abuso sexual y violación contra su sobrina segunda y exsecretaria personal: el juez Juan Ramos Padilla determinó que el proceso arrancará el 5 de febrero de 2024, y se espera la declaración de más de 80 testigos.
En 2019, tras las elecciones provinciales, la sobrina segunda de José Alperovich -que en ese momento se desempeñaba como su secretaria personal– lo denunció por tres hechos de abuso sexual -dos de ellos cometidos en tentativa- y seis sucesos de violencia sexual agravada por haber sido con acceso carnal. Los hechos se produjeron tanto en Tucumán como en un departamento de Puerto Madero.
En una primera instancia, la causa se tramitó en dos jurisdicciones distintas: en el fuero criminal y correccional de la Ciudad de Buenos Aires y en la Justicia tucumana. Sin embargo, tras una resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, se dispuso que todos los hechos serían investigarse en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°35 de la Ciudad de Buenos Aires.
El tres veces gobernador de Tucumán y exsenador nacional fue citado a declarar recién el año pasado, cuando negó responsabilidad en esos hechos. Desde que fue denunciado, se manifestó públicamente a través de su cuenta oficial en Twitter.
La estrategia judicial de Alperovich no dio resultado: en los últimos meses, sus abogados reclamaron que sea juzgado por un jurado popular, pero el planteo fue rechazado por el juez de primera instancia que investigó el caso, Osvaldo Rappa, por la Cámara del Crimen y luego por el juez del Tribunal Oral Criminal 29, Juan Ramos Padilla.
Infobae explicó que este último sostuvo en su resolución que los juicios por jurados no están previstos para la justicia nacional -si bien lo establece la Constitución Nacional, el Congreso nunca sancionó la ley que lo regule- y que el delito por el que está acusado no fue transferido a la Ciudad de Buenos Aires, donde su justicia si tiene jurados de ciudadanos.
Para la defensa de Alperovich, correspondía aplicar la ley 6451 de la Ciudad, que establece el juicio por jurados obligatorio para los delitos que superen la pena de 20 años de prisión, lo que se da en su caso.
“A nuestro modo de ver, no existe óbice para que un tribunal de la justicia nacional aplique una ley de procedimiento dictada por la ley Legislatura de la ciudad de Buenos Aires”, sostuvo su defensa.
Al momento de pedir la elevación a juicio de la causa, los fiscales Mariela Labozzetta, a cargo de la Unidad Fiscal Especializada de Violencia contra las Mujeres (UFEM) y Santiago Vismara manifestaron la relevancia de evaluar los distintos factores de la causa con perspectiva de género.
En ese sentido, recordaron que la Ley 26.485, de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, define a la violencia contra las mujeres como “toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal”.
“Los métodos para obtener el control de la víctima consisten en infligir el trauma psicológico de forma sistemática y repetitiva. Son técnicas organizadas de debilitamiento y desconexión. Estos métodos están pensados para causar terror e indefensión y destruir el sentido del yo de la víctima en relación con los demás. El efecto de esta técnica es convencer a la víctima de que el abusador es omnipotente, que resistirse es inútil y que su vida depende de que se gane indulgencia a través de la sumisión absoluta”, precisaron los fiscales.