Rige la veda electoral: cuáles son las prohibiciones antes de las elecciones 2019
Elecciones 2019

Desde las 8 de este viernes 25 de octubre rige en todo el país la veda electoral, que estará vigente hasta tres horas después de las elecciones generales del próximo domingo, que se realizarán entre las 8 y las 18.
La norma impide también la realización de todo tipo de espectáculos masivos durante el día de los comicios, lo mismo que la venta de bebidas alcohólicas desde la cero hora del día de la elección y hasta que se cumplan 3 horas de finalizada.
Tampoco está permitido “la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, 12 horas antes y 3 horas después de finalizadas”.
Según establece el CNE, los ciudadanos que no respeten la veda, que sin embargo no rige para las redes sociales, podrán ser denunciados y sancionados si la Justicia comprueba la falta.
De todas maneras, el secretario de Actuación Electoral de la Cámara Nacional Electoral, Sebastián Schimmel, explicó que “las redes sociales están incluidas en la veda. Lo que sea interpersonal es válido, pero está prohibida la publicidad formal que busca la captación de sufragio”.
Además, el pasado 11 de agosto (cuando se realizaron las Primarias Abiertas Simultáneas y Oblogatorias) adelantó que “todo lo que esté orientado a convencer al votante está incluido en la veda”.
Los candidatos políticos no pueden realizar actividades de campaña ni actos proselitistas, según el apartado 71 del Código Electoral.
A nivel general, no se pueden publicar y difundir “encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre del mismo” a las 18 del próximo domingo. Tampoco se podrán “publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización de los comicios y hasta tres horas después de su cierre”.
Además, durante el acto electoral y hasta tres horas después de su finalización están prohibidos los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas tres horas de ser clausurado.
También está prohibido ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de las escuelas donde se vota.
Los locales partidarios que se encuentren en un radio de ochenta metros de las mesas receptoras de votos deberán estar cerrados.
Los electores, además, no podrán portar armas ni usar banderas, divisas u otros elementos distintivos vinculados a partidos políticos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada.
Aquellos ciudadanos que no acataran las normas podrían ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados, si la Justicia comprueba la falta.
¿Se puede tomar alcohol en la veda?
La veda electoral afecta las ventas de los supermercados, ya que está prohibida la comercialización de alcohol a partir de las 20 del sábado, 12 horas antes de la apertura de las mesas.
En ese mismo horario, debe cortarse cualquier tipo de actividad pública y masiva, tal como fiestas o eventos en boliches. En bares o restaurantes tampoco se puede vender alcohol. Sin embargo, sí se puede tomar alcohol en domicilios privados.
¿La veda rige también en las redes sociales?
Dado que el Código se redactó antes de su invención, las redes sociales no están contempladas en la veda, por lo que no se ven afectadas por la veda al haber caído en un vacío legal. En las redes pueden realizarse y difundirse encuestas o hacer publicidad política sin restricciones
Sanciones por no respetar la veda electoral
Si no cumplen el período de la veda perderán el derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual por un plazo que oscila entre uno y cuatro años. También dejan de percibir fondos para el financiamiento de una o dos elecciones.
Además, si no se respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en tele, radio y medios gráficos, se obrará una multa de entre diez mil y cien mil pesos. Lo mismo para la persona que realice actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.